Resolución General 966/2001
Aprobar y aplicar a partir del 12 de marzo de 2001 las tablas de valuación de automotores y /o rodados en general, emitida por la Caja de Ahorro y Seguro S.A. cuyos anexos forman parte integrante de la presente.
Aprobar y aplicar a partir del 12 de marzo de 2001 las tablas de valuación de automotores y /o rodados en general, emitida por la Caja de Ahorro y Seguro S.A. cuyos anexos forman parte integrante de la presente.
AUTORIZAR al Dr. LUIS MARCELO SALAS, CAT. A-1, D.N.I. N° 17.402.393, para ejercitar las facultades delegadas por Resolución General Nº 936, mientras dure la ausencia de la Dra. Mirta del Milagro Vega.
Considerar en término los pagos correspondientes al 1er. anticipo del Impuesto a los Automotores y Motovehículos cuyo vencimiento había sido fijado para el 20-02-2001, por el artículo 5° de la Resolución General 960/00, que se ingresen hasta el día 26 de febrero del año en curso.
Apruébase el programa aplicativo para Agentes de Retención, diseñado para la presentación de Declaraciones Juradas y pagos efectuados por responsables no incorporados al SIARE, obligatorio a partir del 01/05/2001, y aprueba el formulario de Acuse de Recibo.
Impleméntase a partir del 1ero. de marzo de 2001, el SISTEMA INTEGRADO RESTO (en adelante "SIR"), para los Contribuyentes y Responsables de los Impuestos Sobre los Ingresos Brutos y/o Inmobiliario no incluidos en el SISTEMA INTEGRADO TRIBUTARIO - SI.T.I (modificada por R.G. 973)
CONSIDÉRESE en término hasta el 30 de enero de 2001 el pago correspondiente al 1º anticipo/2001 del impuesto inmobiliario que fue fijado en el artículo 3º inciso a) punto 1) de la Resolución General N° 960/2000, para los días, 23, 24, 25 y 26 de enero de 2001, según el dígito verificador de la CUIT, [...]