Considerar en término la presentación de la declaración jurada y el pago del
anticipo 11º del período fiscal 2.022 del impuesto sobre los ingresos brutos – Régimen Local
(SITI-SIR), de los contribuyentes con dígito verificador de CUIT terminado en 2 y 3, cuyo
vencimiento operaba el día 20 de diciembre de 2.022, siempre que se registre hasta el día 21
de diciembre del corriente año.