Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del Régimen
General –Locales- para gozar de los beneficios de prórroga del pago y exención del
Impuesto sobre los Ingresos Brutos otorgados por Ley 6.177, deberán cumplir con los
requisitos y condiciones que se establecen en la presente resolución.