Los contribuyentes podrán solicitar Certificado de No Retención y/o Percepción siempre que reúnan los siguientes requisitos:

  1. a) Registrar actualizado el domicilio fiscal declarado.
  2. b) Registrar actualizada la información relativa a las actividades económicas, según nomenclador vigente.
  3. c) Tener presentadas y regularizadas las declaraciones juradas mensuales del impuesto sobre los ingresos brutos, por los períodos no prescriptos.
  4. d) Tener presentadas las declaraciones juradas anuales del impuesto sobre los ingresos brutos, en caso de corresponder según normativa vigente, por los períodos no prescriptos.
  5. e) Tener presentadas y abonadas las declaraciones juradas como Agente de Retención y/o Percepción, por los períodos no prescriptos, en caso de corresponder.
  6. f) Que hayan transcurrido como mínimo seis (6) meses desde la fecha de inicio de actividad en la provincia de Jujuy.
  7. g) No registrar deuda exigible con esta Dirección, por los tributos de los cuales sea responsable.
  8. h) Poseer saldo a favor, que surja de la última declaración jurada del impuesto sobre los ingresos brutos vencida a la fecha de la solicitud. Dicho saldo deberá ser superior al treinta por ciento (30%) del impuesto determinado promedio de las últimas 12 declaraciones juradas vencidas a la fecha de la solicitud, o de las declaraciones juradas que correspondan a la fecha de inicio cuando sea inferior a 12 meses.

 

La presentación de la solicitud deberá realizarla en la Mesa de Entradas de la Dirección Provincial de Rentas (Casa Central, o Delegaciones y Receptorías habilitadas), adjuntando lo siguiente:

  1. a) Formulario de solicitud de Certificado de No Retención y/o Percepción, F-0219, en original y copia firmado por el titular o apoderado y certificada la firma por autoridad bancaria, juez o escribano, acreditando el carácter que invoca. Si no cuenta con dicha certificación, se debe presentar el titular con documento de identidad, cuya firma será validada por el empleado de la Dirección. El formulario deberá estar debidamente integrado en todas sus partes.
  2. b) Detalle de la base imponible del impuesto proyectado a los próximos 12 meses a vencer, indicando, cuando se trate de contribuyentes de Convenio Multilateral, la base atribuible a la provincia de Jujuy.

Fuente: RG 1338/2013