Los sujetos podrán solicitar la exclusión, en la forma y condiciones que fije la Dirección Provincial de Rentas, siempre que resulte acreditado que la aplicación del mismo les genera en forma permanente saldos a favor.
Fuente: RG 959 artículo 19º.
Los sujetos podrán solicitar la exclusión, en la forma y condiciones que fije la Dirección Provincial de Rentas, siempre que resulte acreditado que la aplicación del mismo les genera en forma permanente saldos a favor.
Fuente: RG 959 artículo 19º.