Serán sancionadas con multas de $ 300 a $ 20.000 las violaciones a las disposiciones de este Código, de las leyes fiscales especiales, de los decretos reglamentarios y de toda otra norma de cumplimiento obligatorio, que establezcan o requieran el cumplimiento de deberes formales tendientes a determinar la obligación tributaria, a verificar y fiscalizar el cumplimiento que de ella hagan los contribuyentes, responsables y terceros. Igual sanción corresponderá a los contribuyentes o responsables que omitan presentar las declaraciones juradas a que se encuentren obligados, dentro de los plazos generales establecidos.

La multa prevista en párrafo anterior se graduara entre $1.200 y $50.000 en las infracciones que se indican a continuación:… 3. Emisión de presentar declaraciones juradas como agente de retención, percepción y/o recaudación…

Fuente: Código Fiscal artículo 48º- RG 1477.