Durante los periodos fiscales 2011 al 2016, la cantidad de cuotas o anticipos a pagar dependían del monto de impuesto anual correspondiente al periodo fiscal anterior. Si el mismo era igual o superior a los $ 1.000 se dividía en 12 anticipos, caso contrario permanecía en 5 anticipos.

A partir del 2017, la Dirección unificó la cantidad de anticipos en 12 independientemente del total del impuesto anual.

 

NORMATIVA:

Art. 5 Resolución General 1273/2011 (por periodos 2011-2016).

Art. 5 Resolución General 1456/2016 a partir del 2017.

 

http://www.rentasjujuy.gob.ar/wp-content/uploads/RG-1456-Calendario-Impositivo-2017.pdf