Resolución General 1251/2010
Considerar en término los vencimientos operados el día 20 de Octubre de 2010, correspondientes al quinto, sexto y noveno anticipo del Impuesto Automotor de los Pequeños, Medianos y Grandes Contribuyentes respectivamente
Considerar en término los vencimientos operados el día 20 de Octubre de 2010, correspondientes al quinto, sexto y noveno anticipo del Impuesto Automotor de los Pequeños, Medianos y Grandes Contribuyentes respectivamente
Síntesis plan estratégico de gestión y modernización de la atención al público.
Visión - Misión - Manual de misiones y funciones - Organigrama
Listado de autoridades
Establecer, como fecha límite para la presentación en esta Dirección de las solicitudes de renovación de exención de pago del Impuesto Inmobiliario, cuyo vencimiento opere el 31 de Diciembre de 2010, el día 22 de Octubre de 2010 inclusive
Establecer, como fecha límite para la presentación en esta Dirección de las solicitudes de renovación de exención de pago del Impuesto Inmobiliario, cuyo vencimiento opere el 31 de Diciembre de 2010, el día 22 de Octubre de 2010 inclusive.
Considerar en término los vencimientos operados el día 20 de Agosto de 2010, correspondientes al cuarto y séptimo anticipo del Impuesto Automotor de los Pequeños, Medianos y Grandes Contribuyentes