Los Agentes de Retención y/o Percepción quedarán exceptuados de practicar las retenciones y/o percepciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos por el período de vigencia del certificado obtenido vía web.

Para ello, deberán verificar la autenticidad, validez y vigencia de los Certificados de no Retención y/o Percepción (Formulario F-0220) mediante consulta a través de la página web de este organismo, www.rentasjujuy.gob.ar en el menú “Consulta Certificados Retenciones/Percepciones”..

Fuente: RG 1510 artículo 121º.(Anexo Normativa)