Fíjese en Pesos Cuarenta Mil ($ 40.000) el valor de la Unidad Fiscal a la que se refiere el Artículo 2º de la Resolución General Nº 1.549/2.019 para el período fiscal 2.021.
Fíjese en Pesos Cuarenta Mil ($ 40.000) el valor de la Unidad Fiscal a la que se refiere el Artículo 2º de la Resolución General Nº 1.549/2.019 para el período fiscal 2.021.