Parte de Prensa Nº 29/2014

24 de Julio de 2014

EXENCIONES PARA EL IMPUESTO INMOBILIARIO

La Dirección Provincial de Rentas informó que a partir del 1º de Julio de 2014 comenzó la recepción de solicitudes de renovación de las exenciones para el Impuesto Inmobiliario, por el periodo 2015/2016, trámite que estará en vigencia hasta el día viernes 29 de agosto de 2014, de acuerdo a lo establecido en el calendario impositivo.

Según lo señalado por el Subirector del Organismo, Cr. Pablo Gómez, las exenciones son un beneficio en el pago del Impuesto Inmobiliario, que otorga la Provincia para aquellos contribuyentes que se encuadren en alguno de los siguientes rubros:
Beneficio del 100%: Jubilados y Pensionados – No videntes u otros discapacitados – Personas con Necesidades Básicas insatisfechas.

Con respecto a la Exención para Jubilados y Pensionados, informó que a partir del presente ejercicio 2014 solo corresponderá para aquellos contribuyentes cuyo único inmueble no supere la valuación fiscal de $ 160.000. Asimismo, aquellos contribuyentes que cumplan con éste requisito y cuenten con una exención vigente podrán obtener la renovación automática de la misma, sin necesidad de acercarse a las oficinas del organimo para gestionarla. Cabe mencionar que si la solicitud se realiza por primera vez, deberán presentar los requisitos determinados en la Resolución General N° 1360/2014.
Beneficio del 50%: Titulares de Bien de Familia – Titulares de única Propiedad
Asimismo, recordó el Cr. Gómez que las renovaciones de exenciones correspondientes a los trámites de “Bien de Familia” y “No Videntes u otros Discapacitados”, se efectúan automáticamente, es decir que los contribuyentes titulares de esos beneficios no deben presentarse a realizar el trámite, salvo en el caso que lo soliciten por primera vez o que se hayan modificado las condiciones iniciales de su otorgamiento.
Por último, señaló que la gestión debe realizarse en la Delegación donde el contribuyente posee jurisdicción de acuerdo a su asiento domiciliario, siendo el horario de atención: Casa Central (Lavalle Nº 55 – S. S. de Jujuy) de 7,30 a 12,30 horas. En Delegaciones y Receptorías Fiscales del interior de la provincia en horario habitual de atención.

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