Son contribuyentes o responsables por deuda propia aquellos respecto de quienes se verifica un hecho generador atribuible por una ley tributaria provincial, en la medida y condiciones necesarias que esta prevea para que surja la obligación tributaria.

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Son responsables por deuda ajena los obligados a pagar el tributo al Fisco con los recursos que administran, perciban o dispongan en cumplimiento de la deuda tributaria de sus representados, mandantes, acreedores, titulares de los bienes administrados o en liquidación, etc. en la forma y oportunidad que rijan para aquellos o los que expresamente se establezcan.

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Todos aquellos respecto de quienes se verifica un hecho imponible atribuible por una ley tributaria provincial.

  • Impuesto sobre los Ingresos Brutos

  • Impuesto Inmobiliario

  • Impuesto de Sellos

  • Impuesto a los Automotores

Son los importes que la Ley Tributaria define que se deben pagar por los servicios  de cualquier tipo o naturaleza que presta la Administración Pública, sus reparticiones y el poder judicial.

  • Derecho de Uso de Agua del Dominio Público

  • Derecho de Explotación de Minerales

  • Derecho de Explotación de Áridos

  • Derecho de Explotación de Bosques

Existen dos clases de EXENTOS:

  • Por una parte los sujetos llamados de PLENO DERECHO. Por ejemplo: los Estados Municipales, Provinciales, Nacionales, la iglesia Católica, los estados extranjeros, entre otros, siempre que no realicen acciones u operaciones con fines de lucro.

  • Por otro lado los que pueden solicitarla porque cumplen las condiciones que estipula la normativa por ejemplo: las congregaciones religiosas, fundaciones, asociaciones civiles, obras sociales, cooperativas de trabajo, asociaciones gremiales,  partidos políticos, discapacitados, jubilados y pensionados. Siempre que no realicen acciones u operaciones con fines de lucro.

Aquellos sujetos que cumplan con las condiciones de la normativa dictada por la Dirección Provincial de Rentas, actualmente se encuentran vigentes…

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Es un régimen tributario optativo que ha sido establecido como instrumento para facilitar y promover de incorporación a la economía formal de las personas en situación de vulnerabilidad social. La existencia de este régimen tiene como propósito la inclusión social, insertar las actividades productivas, comercial o de servicios en el circuito formal.

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La Clave Fiscal es una contraseña que permite a los contribuyentes realizar trámites a través de la página web de la institución.

Para obtener la Clave Fiscal es necesario que el solicitante cuente con CUIT, CUIL ó CDI.

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