Documentación a presentar

Constancia de CUIT, CUIL o CDI

(original o copia autenticada, acompañada de sus respectivas copias)

Cuando el titular de la deuda sea

Personas Humanas

Documento Nacional de Identidad, Cédula de Identidad, o documentación expedida por autoridad competente que acredite la identidad de quien suscribirá los formularios de acogimiento

  • En caso de realizarse la solicitud de acogimiento mediante representantes o apoderados, éstos deberán justificar su personería mediante el instrumento correspondiente en original o copia certificada.

  • En caso de fallecimiento del titular y encontrarse abierta la sucesión, copia de la designación de administrador

Persona de existencia ideal:

O el padrón corresponda a patrimonios afectados a un fin determinado, sucesiones indivisas o reparticiones o empresas públicas, el firmante además de los requisitos anteriores deberá adjuntar copia del instrumento que lo habilite para suscribir el plan de pagos.

  • En caso de realizarse la solicitud de acogimiento mediante representantes o apoderados, éstos deberán justificar su personería mediante el instrumento correspondiente en original o copia certificada.

  • En caso de fallecimiento del titular y encontrarse abierta la sucesión, copia de la designación de administrador

Formalidades

  • Presentar el Formulario F-0173 – Solicitud de Acogimiento (un plan por cada Impuesto)

  • Impuesto sobre los Ingresos Brutos: presentar las Declaraciones Juradas. (DIU ISIB) con una antelación no menor a 72 horas

  • Impuesto de Sellos: presentar el o los instrumentos respectivos, deberá acompañar copia del instrumento para adjuntar al plan de pagos.

  • Suscribir los Formularios:

    • F-810 – Acogimiento al Plan de Pagos (carácter de declaración jurada)
    • F-809 –  Detalle de la deuda que se regulariza
  • Abonar el anticipo al momento de suscribir el plan – 20% del total de la deuda correspondiente

  • Abonar el último anticipo vencido del Impuesto Inmobiliario o del Impuesto sobre los Ingresos Brutos previo a la suscripción de un plan por estos conceptos

  • No registrar planes de pago caducos, en tal caso y a fin de formalizar el acogimiento deberá cancelar la totalidad de la deuda incluida en el plan anterior.

Caducidad del Plan – Causas

  • Por la falta de pago total o parcial de dos (2) cuotas consecutivas o tres (3) cuotas alternadas (No se rige para el pago del anticipo o la primera cuota, cuyo ingreso fuera de término dará lugar al rechazo del plan)

  • Por la mora en el pago de la última cuota del plan de facilidad solicitado por más de sesenta (60) días corridos desde la fecha de su vencimiento.